REALIZARA EL LUNES 23 DE DICIEMBRE ASAMBLEA DE MAYORES CONTRIBUYENTES
Posteriormente celebrará su segunda sesión ordinaria de prórroga
Este es el decreto de convocatoria
Bolívar, 12 de diciembre de 2024.-
VISTO: Los Expedientes 8924/24-25 y 8925/24-25 referidos a los Proyectos de Ordenanzas Fiscal e Impositiva correspondientes al Ejercicio 2025 y;
CONSIDERANDO:
Que las Ordenanzas Preparatorias han sido aprobadas por el Honorable Concejo Deliberante, en la 1º Sesión Pública Ordinaria de Prórroga, celebrada el día 11 de diciembre de 2024, conforme lo establecido por el artículo 29º inc. 2) del Decreto Ley 6769/58;
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 193º inc. 2) de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y el artículo 98º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, las Ordenanzas Preparatorias deben ser consideradas en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes citada a dichos efectos;
Por ello;
EL PRESIDENTE
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE BOLÍVAR
DECRETA
Artículo 1º: Cítase a ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES para el día 23 de diciembre de 2024 a las 14:00 hs. en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, sito en el Primer Piso del Palacio Municipal, a efectos de considerar el Orden del Día que a continuación se detalla:
- Izamiento de la Bandera Nacional.
- Cuestiones Previas
- Designación de un Concejal y un Mayor Contribuyente para redactar y suscribir el Acta de la Asamblea, conjuntamente con el Presidente y Secretario.
- Expediente Nº 8924/24-25: (DE): PROYECTO DE ORDENANZA
Ordenanza Preparatoria Fiscal Ejercicio 2025
- Expediente Nº 8925/24-25: (DE): PROYECTO DE ORDENANZA
Ordenanza Preparatoria Impositiva Ejercicio 2025
Artículo 2º: Comunicar por Secretaría a los señores y señoras concejales la convocatoria dispuesta en el artículo anterior y cursar las citaciones de rigor a los Mayores Contribuyentes, adjuntándose los archivos para descargar las Ordenanzas Preparatorias.
Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario del H. Concejo Deliberante.
Artículo 4º: Notifíquese, comuníquese, dése al Registro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo archívese.
DECRETO DE PRESIDENCIA Nº: 41