Municipalidad de Bolívar
NOVEDADES HCD

SE INAUGURAN MAÑANA SABADO LAS SESIONES ORDINARIAS

Será el 106° período legislativo.

Mañana sábado 1° d marzo a partir de las 11.30 horas se realizará la sesión especial en la que quedará inaugurado el 106° período ordinario del HCD del partido de Bolívar, oportunidad en la que hará uso de la palabra el señor Intendente Municipal Marcos Pisano.

Este es el decreto de convocatoria de Presidencia:

Bolívar, 26 de febrero de 2025.-

 

VISTO: Lo establecido por el artículo 68º inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades y;

 

CONSIDERANDO:

Que el artículo 68º inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades fija el comienzo del período de Sesiones Ordinarias del Honorable Concejo Deliberante el 1º de Marzo de cada año;

Que el artículo 108º inc. 16) de dicho cuerpo legal, establece que el Intendente Municipal debe abrir anualmente las sesiones ordinarias, dando cuenta del estado general del Municipio y recomendando a la consideración del Concejo las medidas que juzgue necesarias y convenientes;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 83º inc. 1) del Decreto Ley 6769/58 y disposiciones concordantes del Reglamento Interno del H. Concejo Deliberante;

Por ello;

 

EL PRESIDENTE

DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DEL PARTIDO DE BOLÍVAR

DECRETA

 

Artículo 1º: Convócase a los señores y señoras Concejales a la APERTURA DEL 106º PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS, para el día 1 de marzo de 2025 a las 11:30 hs. en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, sito en el Primer Piso del Palacio Municipal, en cuya oportunidad, el Intendente Municipal, Sr. Marcos Pisano dirigirá su mensaje anual, dejando inaugurado el Período Legislativo 2025/2026.

Artículo 2º: Comunicar por Secretaría a los señores y señoras concejales la convocatoria dispuesta en el artículo anterior y cursar las citaciones de rigor.

Artículo 3º: Notifíquese al Departamento Ejecutivo.

Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario del H. Concejo Deliberante.

Artículo 5º: Notifíquese, comuníquese, dése al Registro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo archívese.

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